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Artículo 357

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Proceso Electoral › Título Sexto. De la Jornada Electoral › Capítulo Décimo Primero. Disposiciones Complementarias

1. Cómputo estatal de la elección de Diputados por el principio de representación proporcional, es el procedimiento que ejecuta el Consejo General del Instituto Electoral, consistente en realizar la suma de los resultados asentados en las actas de cómputo estatal parcial de la elección de Diputados por ese principio. 85

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