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Artículo 355

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Proceso Electoral › Título Sexto. De la Jornada Electoral › Capítulo Décimo Primero. Disposiciones Complementarias

1. Cómputo estatal parcial de la elección de Diputados por el principio de representación proporcional, es el procedimiento que ejecuta el Consejo Distrital Electoral, consistente en realizar la suma de los resultados asentados en el acta de escrutinio y cómputo de cada una de las casillas en el distrito, para obtener el resultado de esa votación en la delimitación del distrito.

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