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Artículo 217

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Proceso Electoral › Título Segundo. Preparación de la Elección › Capítulo Primero. Disposiciones Generales

1. La etapa de preparación de la elección comprende los actos siguientes:

I. La aprobación por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de la delimitación geográfica de los veinte distritos electorales uninominales en el territorio del Estado;

II. La aprobación por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de la delimitación geográfica y número de las secciones electorales que conformen cada distrito electoral uninominal;

III. La aprobación de los convenios marco entre el Instituto Electoral y el Instituto Nacional 58 Electoral, para lograr el apoyo y colaboración en la organización, desarrollo y vigilancia del proceso electoral;

IV. La aprobación, en su caso, del modelo o sistema electrónico para la recepción del voto, cuando sea factible técnica y presupuestalmente y se garantice la vigencia de las disposiciones legales que amparan la libertad y secreto del voto ciudadano;

V. Los procesos de selección de candidatos a cargos de elección popular y las precampañas Electorales; y VI. Cualquier otro que de manera justificada determine el Consejo General del Instituto Electoral.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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