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Artículo 1098

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco· Título Décimo Tercero. De la Jurisdicción Voluntaria › Capítulo Unico

El tercero que considere perjudicados sus derechos al ejecutarse la sentencia en estos juicios, ocurrirá al Juez presentando sus pruebas, y éste con audiencia inmediata de las partes, resolverá si subsiste o no el secuestro o el acto de ejecución practicado, sin decidir sobre la propiedad de la cosa ni sobre los hechos controvertidos.

TÍTULO DECIMOQUINTO Del Juicio en Línea Capítulo I Disposiciones Generales

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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