Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 21

Código de Ética del Congreso del Estado de Jalisco· Capítulo Quinto. De las reglas de integridad › Sección Décima. De los procesos de evaluación

El servidor público que, con motivo de su empleo, cargo o comisión, participa en procesos de evaluación, se apega en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas.

Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas siguientes: a) Proporcionar indebidamente la información contenida en los sistemas de información Pública, Federal, Estatal y Municipal, o acceder a ésta por causas distintas al ejercicio de sus funciones y facultades. b) Transgredir el alcance y orientación de los resultados de las evaluaciones que realice cualquier instancia externa o interna en materia de evaluación o rendición de cuentas. c) Dejar de atender las recomendaciones formuladas por cualquier instancia de evaluación, ya sea interna o externa. d) Alterar registros de cualquier índole para simular o modificar los resultados de las funciones y programas correspondientes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.