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Capítulo IDisposiciones Generales

Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 567 a 572

Artículos

  • Art. 567Niñas, niños y adolescentes deben ser objeto de especial atención, cuidado y reconocimiento. Son niñas y niños las personas…
  • Art. 569Ninguna de las disposiciones enunciadas en este código, debe ser interpretada en forma restrictiva respecto de los derechos y de…
  • Art. 570Se entenderá por interés superior de la niñez al conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar a niños, niñas y…
  • Art. 571Las actuaciones administrativas y judiciales atenderán al interés superior de la niñez, para tal efecto se observará que: I. Los…
  • Art. 572Cuando los padres no convengan la guarda y custodia de sus hijos, el Juez de la causa considerará qué es lo más conveniente para…