Capítulo VIIIDe la Emancipación
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 56 a 59
Artículos
- Art. 56‑ Derogado.
- Art. 57‑ Los mayores de dieciséis años que estén sujetos a patria potestad o tutela, tienen derecho que se les emancipe si demuestran su…
- Art. 58‑ El emancipado tiene capacidad de ejercicio para la libre administración de su patrimonio, pero necesita autorización judicial…
- Art. 59‑ Cuando los bienes propiedad del menor, los haya adquirido con el producto de su trabajo se le considerará como emancipado para…