Capítulo IIDe la opción
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 1839 a 1844
Artículos
- Art. 1839‑ Por la opción a contratar puede pactarse la celebración del contrato a un tiempo determinado o sobre un acontecimiento futuro e…
- Art. 1840‑ Caduca el derecho por el simple transcurso del tiempo o la verificación del acontecimiento futuro e incierto sin que se haga…
- Art. 1841‑ La opción puede ser onerosa o gratuita, pero cuando sea onerosa si no se hace uso de la misma, el opcionante no estará obligado…
- Art. 1842‑ La opción puede ser unilateral o bilateral.
- Art. 1843‑ La opción puede pactarse como contrato principal o como accesorio.
- Art. 1844‑ La opción debe otorgarse por escrito para su validez, y cuando tenga referencia a inmuebles deberá constar en escritura pública…