Capítulo VILa caducidad
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 1754 a 1758
Artículos
- Art. 1754‑ En virtud de la caducidad, por el simple transcurso del tiempo, o la no realización de ciertos y deliberados actos, los…
- Art. 1755‑ La caducidad es legal o convencional y se da en contra de todos los involucrados en una relación jurídica.
- Art. 1756‑ La caducidad legal debe tenerse por cumplida aunque no se invoque por parte legítima. La caducidad convencional debe ser…
- Art. 1757‑ La caducidad no está sujeta a suspensión ni interrupción. Sin embargo, si se trata de un derecho sujeto a una condición…
- Art. 1758‑ En los derechos de orden público y social, podrá establecerse por las partes un término para la caducidad diferente del legal…