Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Sección CuartaDel consentimiento

Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 1271 a 1279

Artículos

  • Art. 1271‑ El consentimiento existe cuando las partes convienen en un mismo objeto y unas mismas condiciones; y además en la conducta de…
  • Art. 1272‑ Toda persona que propone a otra la celebración de un contrato, fijándole un plazo para aceptar, queda ligada por su oferta…
  • Art. 1273‑ Si la oferta se hace a una persona presente, sin fijación de plazo para aceptarla, el autor de la oferta queda desligado si la…
  • Art. 1274‑ Cuando la oferta se proponga a persona que no esté presente, será el mismo proponente quien fijará el término que esté ligado a…
  • Art. 1275‑ Cuando la oferta se haga sin fijación de plazo a una persona no presente, el autor de la oferta quedará ligado durante tres…
  • Art. 1276‑ La oferta se considerará como no hecha si la retira su autor y el destinatario recibe la retractación antes que la oferta. La…
  • Art. 1277‑ Si al tiempo de la aceptación hubiere fallecido el proponente, sin que el aceptante fuere sabedor de su muerte, quedarán los…
  • Art. 1278‑ El proponente quedará libre de su oferta cuando la respuesta que reciba no sea una aceptación lisa y llana, sino que importe…
  • Art. 1279‑ Cuando exista una oferta al público o en los contratos de ejecución no instantánea, en los de suministro, y en los de…