‑ La división de bienes inmuebles es nula si no se hace con las mismas formalidades que la ley exige para su venta.
Artículo 999
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Tercero. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones › Título Quinto. De la propiedad › Capítulo IV. De la copropiedad
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