‑ Es poseedor de un bien quien ejerce sobre él un poder de hecho. Posee un derecho el que usa o goza de el.
La posesión se adquiere y se ejerce por su titular en forma directa o por otro a su favor.
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Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Tercero. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones › Título Tercero. De la posesión › Capítulo Unico
‑ Es poseedor de un bien quien ejerce sobre él un poder de hecho. Posee un derecho el que usa o goza de el.
La posesión se adquiere y se ejerce por su titular en forma directa o por otro a su favor.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.