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Artículo 2510

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Decimo. De los contratos de prestación de servicios › Capítulo V. De la extinción de la prenda

‑ Si el producto de la venta excede a la deuda, se entregará el exceso al deudor; pero si el precio no cumple todo el crédito, tiene derecho el acreedor de demandar al deudor por lo que falte.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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