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Artículo 2492

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Decimo. De los contratos de prestación de servicios › Capítulo III. De la prenda sobre créditos o títulos de crédito

‑ Si los títulos de crédito dados en prenda son amortizados por quien los emitió, deberá el deudor, salvo pacto en contrario, sustituirlos por otros de igual valor y calidad en la garantía en su caso.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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