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Artículo 2235

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Noveno. Del mandato › Capítulo V. Del mandato judicial o en procuración

‑ No pueden ser procuradores en juicio:

Los incapaces; y Los servidores públicos judiciales y aquellos que laboren en las dependencias fiscales, dentro de los límites de su circunscripción territorial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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