‑ El arrendador puede exigir la rescisión del contrato de arrendamiento:
Por la falta de pago de la renta en los términos contractuales o legales;
Por usarse el bien arrendado con un objeto distinto del convenido o de la naturaleza o destino de dicho bien;
Por el subarriendo o traspaso de la cosa o bien sin autorización del arrendador;
Por daños graves al bien arrendado, imputables al arrendatario;
Por variar la forma del bien arrendado, sin contar con el consentimiento expreso del arrendador; y Por la falta de pago de servicios públicos por más de dos meses o el tiempo que acuerden las partes, cuando se haya comprometido a realizarlo el arrendatario.