‑ La entrega del bien se hará en el tiempo convenido; y si no hubiere convenio, se estará a lo dispuesto en este título.
Artículo 1996
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Sexto. Del arrendamiento › Capítulo II. De los derechos y obligaciones del arrendador
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