‑ Si el que hace donación general de sus bienes, se reserva algunos para testar, sin otra declaración, se entenderá reservada la mitad de los bienes donados.
Artículo 1933
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Cuarto. De las donaciones › Capítulo I. De las donaciones en general
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