‑ Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos, se extinguen:
Por consentimiento de la asamblea general;
Por haber concluido el término fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto de su constitución;
Por haberse vuelto incapaces de realizar el fin para que fueron constituidas; y Por resolución dictada por autoridad competente.