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Artículo 1131

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Tercero. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones › Título Noveno. Derecho de uso en tiempo compartido › Capítulo II. Derechos y obligaciones

‑ Los derechos y obligaciones de los compartidarios no se extinguen por su muerte. Cuando el derecho pertenezca a la sociedad legal o conyugal, en caso de fallecimiento de uno de los integrantes, los derechos y obligaciones sobre el mismo se trasmiten al cónyuge supérstite sin necesidad de declaración judicial o juicio sucesorio; a menos que haya disposición testamentaria expresa.

Cuando el derecho pertenezca en exclusividad al compartidario, podrá señalar beneficiario.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.