Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo IIIDe la subrogación

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 1977 a 1980

Artículos

  • Art. 1977La subrogación se verifica por ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna de los interesados: I. Cuando el que es…
  • Art. 1978Cuando la deuda fuere pagada por el deudor con dinero que un tercero le prestare con ese objeto, el prestamista quedará subrogado…
  • Art. 1979No habrá subrogación parcial en deudas de solución indivisible.
  • Art. 1980El pago de los subrogados en diversas porciones del mismo crédito, cuando no basten los bienes del deudor para cubrirlos todos…