Capítulo IIIDe las obligaciones del mandante con relación al mandatario
Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 2500 a 2503
Artículos
- Art. 2500El mandante debe anticipar al mandatario, si éste lo pide, las cantidades necesarias para la ejecución del mandato. Si el…
- Art. 2501Debe también el mandante indemnizar al mandatario de todos los daños y perjuicios que le haya causado el cumplimiento del…
- Art. 2502El mandatario podrá retener en prenda las cosas que son objeto del mandato hasta que el mandante haga la indemnización y…
- Art. 2503Si muchas personas hubiesen nombrado a un solo mandatario para algún negocio común, le quedan obligadas solidariamente para todos…