El contrato de sociedad debe expresar:
I. Los nombres, apellidos domicilios y capacidades de los otorgantes;
II. La razón social;
III. El objeto de la sociedad;
IV. La duración de la sociedad;
V. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir;
VI. Los nombres de los socios administradores. Si falta alguno de estos requisitos, se aplicará lo que dispone el artículo 2618.