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Artículo 210

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior)· Libro Primero. DE LAS PERSONAS › Título Quinto. DEL MATRIMONIO › Capítulo VII. De la sociedad legal

Tratándose de matrimonios celebrados fuera del Estado bajo régimen económico presunto, la propiedad y administración de los bienes que los consortes adquieran y que se encuentren ubicados en el Estado de Jalisco, se regirán por las disposiciones de éste capítulo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.