Los habitantes del Estado de Jalisco tienen obligación de ejercer sus actividades y de usar y disponer de sus bienes en forma que no perjudique a la colectividad, bajo las sanciones establecidas en este Código y en las leyes relativas.
Artículo 14
Código Civil del Estado de Jalisco (anterior)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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