Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 81

Ley Federal del Trabajo· Título Tercero. Condiciones de Trabajo › Capítulo IV. Vacaciones

Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.