Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 546

Ley Federal del Trabajo· Título Once. Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales › Capítulo V. Inspección del trabajo

Para ser Inspector del Trabajo se requiere:

I. Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

Fracción reformada DOF 30-11-2012 III. No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

IV. Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

V. No ser ministro de culto; y Fracción reformada DOF 30-11-2012 VI. No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.