Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 6

Se crea la Escuela de Conservación y Restauración de Occidente· Capítulo Segundo. Del Patrimonio

El Patrimonio de la ECRO estará constituido por:

I. Los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier titulo jurídico para el cumplimiento de su objeto;

II. Los recursos que se le asignen a través de aportaciones, legados y donaciones otorgados en su favor y los fideicomisos en que se le señale como fideicomisaria;

III. Ingresos propios que genere en el cumplimiento de su objeto; los cuales serán administrados por el propio organismo;

IV. Aportaciones, subsidios y apoyos que para el cumplimiento de su objeto le otorguen los Gobiernos federal, estatal y municipal; y V. Los rendimientos de sus bienes y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal.

El gasto de la ECRO, tanto de servicios personales, operación, conservación y mantenimiento, se financiará con los recursos que aporte el gobierno federal, el estatal y el Patronato del Centro de Restauración de Occidente, A. C., conforme al convenio suscrito entre el Gobierno del Estado de Jalisco, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y el Patronato del Centro de Restauración de Occidente, A. C.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.