Se admitirán en ellas todos los niños de seis años para arriba y las niñas de cinco años en adelante.
Artículo 6
Reglamento para las Escuelas de Primera Educación (1839) (Educación, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.