Capítulo V
Reglamento para la Granja Industrial Juvenil de Recuperación · arts. 92 a 94
Artículos
- Art. 92Los menores, bajo la supervisión de los preceptores y de trabajo social, podrán escribir cartas y comunicarse telefónicamente con…
- Art. 93El Director y demás personal ejecutivo, deberán recibir en audiencia a todo menor que lo solicite,dentro de los horarios fijados…
- Art. 94Toda comunicación relativa a enfermedades graves o fallecimiento de algún menor, hecha a los familiares, deberá realizarse con el…