El Subdirector de Preceptoría y Vigilancia tiene las siguientes funciones:
I. Ser responsable de la seguridad de la institución y del sistema de vigilancia para evitar las descerciones al Sistema de Tratamiento;
II. En coordinación con trabajo social, iniciar el proceso de inducción con los menores de nuevo ingreso;
III. Orientar a los menores sobre sus obligaciones y derechos en el interior del Centro;
IV. Supervisar la conducta, disciplina y cumplimiento de las obligaciones de los menores en la institución;
V. En coordinación con la Subdirección Técnica, proponer al Director los sistemas y técnicas para el control de la conducta de los menores, que se crean convenientes para el buen funcionamiento del Sistema de Tratamiento;
VI. En coordinación con el Subdirector Técnico, establecer los programas necesarios para la involucración del área de preceptoría en las labores terapéuticas;
VII. En correlación con las áreas técnicas, programar los cursos de capacitación y actualización para el personal de preceptoría;
VIII. Previo acuerdo con la Dirección, tendrá libertad y acceso a cualquier punto y en cualquier momento a la institución;
IX. Realizar el registro de las pertenencias de los menores, de los visitantes, de los objetivos diversos y de los vehículos que tengan acceso a la propia institución, tanto a la entrada como a la salida, así como practicar todos los registros rutinarios en cualquier área del Centro, cuando fuera necesario, a fin de evitar la introducción y posesión de drogas, objetos peligrosos y armas que puedan poner en peligro la seguridad interna y el tratamiento;
X. Rendir parte diario de novedades y todos aquellos informes que le solicite la Dirección;
XI. Participar con voz y voto en las sesiones del Consejo Técnico; y XII. Las demás inherentes a su cargo y aquellas que le confiera la Dirección.