La disciplina escolar estará fundada en la conciencia del cumplimiento del deber y tendrá por objeto mantener la convivencia armónica entre los integrantes de la comunidad escolar; contribuirá así, al logro de los fines de la educación. Será orgánica y constructiva, y emanará de la actuación conjunta del personal escolar, padres o tutores y alumnos.
Artículo 76
Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Básica· Capítulo IV. Del Funcionamiento de la Escuela de Educación Básica › Sección Quinta. De la Disciplina Escolar
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.