En relación con el artículo anterior el Director y el personal escolar deberán abstenerse de intervenir en el establecimiento o cobro de las aportaciones voluntarias realizadas por los padres de familia. 10
Artículo 39
Reglamento para el Gobierno y Funcionamiento de las Escuelas de Educación Básica· Capítulo III. Del Gobierno de las Escuelas › Sección Sexta. De las Asociaciones de Padres de Familia
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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