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Artículo 67

Reglamento Orgánico y Manual de Adquisiciones y Enajenaciones del SIAPA· Capítulo VI. DE LAS DIRECCIONES

La Subdirección de Control Técnico cuenta con las siguientes atribuciones y funciones:

I. Elaborar y llevar a cabo los programas de instalación, reubicación y sustitución de medidores de conformidad con los requerimientos de micromedición y necesidades identificadas por la Dirección Comercial para lograr los índices y calidad en la micromedición;

II. Coordinar los concursos para la instalación, reubicación y sustitución de medidores;

III. Revisar las estimaciones de cobro para su autorización;

IV. Elaborar los programas de cierres, reducciones y reconexiones en base a los requerimientos de cobranza identificados por la Dirección Comercial;

V. Gestionar los recursos para las secciones subordinadas para asegurar el cumplimiento del programa en el área geográfica asignada a cada una de ellas;

VI. Entregar los aparatos medidores a los contratistas para su instalación o sustitución, conforme a los programas establecidos;

VII. Verificar en campos el avance de los trabajos y su cumplimiento según lo pactado;

VIII. Llevar el control de los medidores entregados e instalados;

IX. Programar reconexiones en base a la regularización del adeudo de los usuarios;

X. Realizar inspecciones de control técnico derivadas de las órdenes de servicio y avisos de inspección;

XI. Coordinarse con la Subdirección de Saneamiento para elaborar el programa de instalación de medidores de descargas; y XII. Cubrir las comisiones y trabajos especiales que le asigne la Dirección Comercial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.