La Subdirección de Recursos Humanos contará con las siguientes atribuciones y funciones:
I. Establecer políticas y lineamientos relacionados con la administración del personal así como verificar su cumplimiento;
II. Mantener vigentes las políticas generales de trabajo y coordinar las acciones para verificar el cumplimiento del Reglamento Interior de Trabajo;
III. Proporcionar los estímulos económicos y prestaciones que retribuyan el rendimiento del capital humano conforme a las condiciones generales de trabajo del Organismo;
IV. Establecer las estrategias que conduzcan a la disminución del índice de riesgo de trabajo así como llevar el control, seguimiento y estadísticas de los mismos;
V. Llevar a cabo la inducción del personal de nuevo ingreso;
VI. Organizar cursos de capacitación y adiestramiento en las áreas del SIAPA de acuerdo al Plan Estratégico de Capacitación autorizado por la Dirección General, previo diagnóstico de necesidades, así como dar seguimiento y evaluar los programas ejecutados; 17 VII. Diseñar programas para mantener la salud y proporcionar atención médica a los trabajadores del SIAPA, respecto a los padecimientos más comunes y su derivación al Instituto Mexicano del Seguro Social;
VIII. Coordinar acciones con sindicatos, Instituto Mexicano del Seguro Social y demás dependencias para dar cumplimiento a los ordenamientos legales, en materia laboral;
IX. Administrar el programa de Seguros Médicos para empleados del SIAPA;
X. Administrar las diferentes prestaciones y servicios que se otorgan a los empleados, así como su actualización y nuevas propuestas;
XI. Coordinar y administrar al personal de servicio social del Organismo;
XII. Asesorar al personal para el trámite de jubilación ante la Dirección de Pensiones y el IMSS;
XIII. Aplicar por nómina los descuentos y aportaciones al fondo de Pensiones y realizar los enteros a las instancias correspondientes;
XIV. Efectuar el pago de nómina a todo el personal que labora en este Organismo;
XV. Llevar el registro y control de incapacidades expedidas por el IMSS;
XVI. Llevar el registro y control de vacaciones del personal;
XVII. Determinar las liquidaciones por las cuotas obrero patronal al IMSS;
XVIII. Atender las solicitudes de aclaraciones de todos los empleados del Organismo con relación al pago de nómina;
XIX. Dar mantenimiento al sistema de nóminas respecto de obligaciones fiscales por sueldos, salarios y de seguridad social;
XX. Aplicar descuentos por incidencias del personal y retenciones de nómina;
XXI. Determinar la prima de grado de riesgo de trabajo;
XXII. Atender a despachos externos para efecto de la elaboración de dictámenes del IMSS;
XXIII. Calcular y elaborar la declaración anual de impuestos para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así mismo realizar y entregar las constancias de retenciones a los empleados que correspondan;
XXIV. Administrar las incidencias de los prestadores de servicio social;
XXV. Brindar apoyo en la organización de eventos culturales, sociales y deportivos del Organismo;
XXVI. Coadyuvar en la instauración de procedimientos de investigación y sanción administrativa;
XXVII. Llevar el control y registro de incidencias en el control de asistencia del personal del Organismo;
XXVIII. Dictaminar junto con la Comisión de Conflictos o, la posible responsabilidad de los resguardantes de vehículos, respecto a la normatividad para su uso y cuidado, así como, el aseguramiento de las unidades propiedad del SIAPA;
XXIX. Autorizar la compra de alimentos para el personal que labora tiempo extra; 18 XXX. Validar la solicitud de tiempo extra y determinar el cálculo del tiempo extra para efectos del pago correspondiente;
XXXI. Llevar a cabo el proceso de reclutamiento y selección de personal y mantener la bolsa de trabajo actualizada;
XXXII. Proponer los movimientos de ascensos del personal a la Comisión Mixta de Escalafón;
XXXIII. Llevar a cabo la integración, control y custodia de los expedientes de personal;
XXXIV. Actualizar la plantilla de personal conforme a los requerimientos de las unidades del Organismo, previa validación por el Director General y autorización del Consejo de Administración;
XXXV. Colaborar con la Subdirección de Innovación en la elaboración de las propuestas de manuales de procedimientos, invitando a participar al personal involucrado, para posteriormente ponerlos a consideración del Director General para su autorización;
XXXVI. Validar la elaboración de finiquitos y órdenes de pago;
XXXVII. Asignar y actualizar los usuarios en los sistemas de gestión y administración, definiendo el acceso al mismo conforme al perfil del puesto;
XXXVIII. Integrar altas, bajas, cambios de puesto y sueldo, en las áreas y grupos de personal en los sistemas de control de recursos humanos que implemente el Organismo;
XXXIX. Presentar las altas, bajas y modificaciones de sueldo ante el IMSS;
XL. Elaborar el examen médico de admisión;
XLI. Llevar a cabo la investigación, atención y seguimiento de accidentes y enfermedades de trabajo;
XLII. Llevar a cabo la coordinación con las diferentes dependencias del Sector Salud;
XLIII. Formar parte de la Comisión Central de Seguridad e Higiene;
XLIV. Asesorar a las unidades de trabajo en materia de seguridad e higiene principalmente en trabajos de alto riesgo;
XLV. Elaborar las incapacidades internas y la certificación de cuidados maternos, así como las recomendaciones médicas generales del personal;
XLVI. Realizar campañas culturales del cuidado, aprovechamiento y uso del agua;
XLVII. Representar al Organismo en eventos, encuentros, exposiciones, ferias y talleres en materia del cuidado, uso y aprovechamiento del agua;
XLVIII. Gestionar ante la iniciativa privada e instancias gubernamentales, patrocinios de recursos materiales y financieros para impulsar campañas del cuidado, uso y aprovechamiento del agua;
XLIX. Diseñar programas, y llevar a cabo acciones, para orientar al público en general sobre el cuidado, uso y aprovechamiento adecuado del agua;
L. Elaborar y proporcionar material informativo a los usuarios sobre el cuidado, uso y aprovechamiento del agua; y LI. Promover la instalación de muebles y accesorios de bajo consumo de agua en instalaciones hidráulicas intradomiciliarias. 19