El Departamento de Adopciones tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Realizar las investigaciones y estudios de los casos para adopción;
II. Realizar entrevistas a los posibles padres adoptivos;
III. Realizar las valoraciones de los menores candidatos a ser adoptados;
IV. Valorar y preparar psicológicamente a los menores que serán adoptados;
V. Asistir e intervenir en el Consejo de Adopciones;
VI. Dar asesoría y preparación psicológica a los futuros padres adoptivos; 12 VII. Elaborar reportes para adopciones;
VIII. Mantener relación constante con el Consejo Estatal de Familia en los trámites de adopciones; y IX. Las demás que se señalen en este reglamento.