Dentro de las dependencias, direcciones y demás áreas de los sujetos obligados, preferentemente se deberá contar con una Unidad de Enlace que se vincule con el derecho a la información pública y con la Unidad de Transparencia, en su caso, el Jefe de área, dependencia o dirección podrá designar previo acuerdo, a quien ejerza tal función.
Artículo 27
Reglamento Marco de Información Pública· Título Segundo. De los Sujetos Obligados › Capítulo IV. De las Dependencias, Direcciones y demás áreas de los Sujetos Obligados
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.