Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 79

Reglamento Estatal de Zonificación· Título Primero. De la zonificación urbana › Capítulo XII. Reglamento de Zonas de Servicios

Los predios o lotes y las edificaciones construidas en las zonas de servicios barriales intensidad mínima, SB1, baja SB2, media, SB3, y alta SB4, estarán sujetas al cumplimiento de los lineamientos que se establecen en la siguiente tabla:

Cuadro 24 SERVICIOS BARRIALES SB INTENSIDAD INTENSIDAD INTENSIDAD INTENSIDAD MÍNIMA (SB1) BAJA (SB2) MEDIA (SB3) ALTA (SB4) 2 2 2 2 Superficie mínima de lote 800 m 300 m 280 m 180 m 20 metros 10 metros 10 metros 8 metros Frente mínimo del lote lineales lineales lineales lineales Coeficiente de ocupación del suelo (C.O.S.) 0.4 0.6 0.7 0.8 Coeficiente de utilización del suelo (C.U.S.) 1.2 1.8 2.1 2.4 Altura máxima de la edificación R R R R Cajones de estacionamiento Ver cuadro 48 Ver cuadro 48 Ver cuadro 48 Ver cuadro 48 % de frente jardinado 50% 40% 30% 20% 5 metros 5 metros 5 metros 5 metros Restricción frontal lineales* lineales* lineales* lineales* 3 metros 3 metros 3 metros 3 metros Restricción posterior lineales lineales lineales lineales Modo de edificación Variable Variable Variable Variable R Las resultantes de aplicar los coeficientes de ocupación y utilización del suelo. * La restricción frontal se aplica a calle local, para los otros tipos de vialidad, ver capítulo VI del presente Reglamento.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.