El Reglamento Estatal de Zonificación tiene por objeto establecer el conjunto de normas técnicas y procedimientos, para formular la planeación y regulación del ordenamiento territorial en el Estado de Jalisco, señalando el contenido de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, considerando para esto la integración regional, a partir de un sistema de ciudades y la estructura urbana de los diferentes centros de población, que se organizan en un sistema de unidades territoriales. Para tales efectos se establecen:
I. La estructuración territorial y urbana;
II. La clasificación general de las áreas y predios;
III. La definición de los tipos básicos de zonas en función de los usos y destinos permitidos en ellas;
IV. La clasificación de los usos y destinos, en función del grado de impacto que provocan sobre el medio ambiente;
V. Las normas de control de usos del suelo, indicando los rangos de compatibilidad de los usos permitidos en cada zona;
VI. Las normas de control de densidad de la edificación;
VII. Las normas para la prevención de siniestros y riesgos de incendio y explosión aplicables según el tipo de utilización del suelo;
VIII. Las normas a que se sujetarán las transferencias de derechos de desarrollo;
IX. Las normas a que se sujetarán las edificaciones afectas al Patrimonio Cultural del Estado; 4 X. Los requerimientos específicos para la elaboración de los proyectos definitivos de urbanización y de edificación respectivamente;
XI. Las normas relativas al diseño urbano, a la ingeniería de tránsito y a la ingeniería urbana;
XII. Los criterios de diseño arquitectónico que se establezcan con relación a la clasificación de géneros relativos a los usos y destinos, para establecer las especificaciones mínimas de dimensiones, instalaciones, iluminación, ventilación y otras necesarias; y
XIII.La clasificación de peritos que intervendrán en la elaboración del Plan Parcial de Urbanización, el Proyecto Definitivo de Urbanización y los requisitos profesionales que deberán acreditar.