Para la ejecución de las resoluciones o acuerdos plenarios, el Presidente podrá auxiliarse de las dependencias o funcionarios que considere oportuno designar al efecto y coordinará las actividades de las diferentes dependencias auxiliares y administrativas del Supremo Tribunal.
El Presidente autorizará los formatos que deberán emplearse para los diversos trámites administrativos del Supremo Tribunal, con la finalidad de guardar y promover la unidad, eficiencia y agilidad, así como hacer posible su identificación.