Los acuerdos generales del Pleno en el ámbito de su esfera de jurisdicción que sean trascendentes o que fijen condiciones o disposiciones generales que deban ser observadas por funcionarios o empleados judiciales, así como los períodos vacacionales, deberán publicarse por una sola vez en el Boletín Judicial y en los estrados del Tribunal.
Artículo 20
Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Primero. DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo II. DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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