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Artículo 5

Reglamento del Servicio Civil de Carrera del Poder Legislativo· Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

Ley: Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios;

Servicio: el Servicio Civil de Carrera definido en el Artículo anterior;

Comisión: la Comisión de Evaluación del Poder Legislativo;

Órgano de Administración: El servidor público designado por la Comisión de Administración auxiliado por las Direcciones de Administración y Recursos Humanos de la Oficialía Mayor del Congreso y de la Contaduría Mayor de Hacienda;

Reglamento Interno: El Reglamento Interno del Servicio Civil de Carrera del Poder Legislativo;

Sistema: El Sistema Administrativo Interno del Servicio Civil de Carrera;

Movilidad: Los cambios de adscripción, radicación y reubicación del servidor público; y Promoción: Loa ascensos, mejorías laborales o cualesquier cambio de categoría que beneficie al servidor público o genere mayores oportunidades para su desarrollo laboral o profesional.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.