Capítulo V
Reglamento del Reclusorio Preventivo de Guadalajara · arts. 100 a 105
Artículos
- Art. 100El Servicio Médico se ocupará de establecer programas, además de las revisiones y estudios de inicio, evolución y prelibertad, a…
- Art. 101El Servicio Médico deberá tener un representante, con voz y voto ante el Consejo Técnico del Reclusorio.
- Art. 102Tanto el aseo personal de los internos, como su presentación, se tomarán en cuenta para los efectos de la concesión de los…
- Art. 103Periódicamente los miembros del servicio médico supervisarán la higiene de las celdas, escuela, talleres, servicios generales y…
- Art. 104El Reclusorio, a través del personal de administración, proporcionará agua y jabón y los internos se proveerán, con cargo al…
- Art. 105Las celdas deberán ser unitarias y tributarias. Nunca se albergará en ninguna de ellas, mayor cantidad que la correspondiente a…