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Artículo 1

Reglamento del Consejo Técnico del SIAPA· Capítulo I. Disposiciones Generales

El Consejo Técnico del SIAPA es un organismo colegiado de carácter permanente, responsable de asesorar respecto a las acciones en materia de agua y saneamiento que correspondan al Organismo y tendrá a su cargo:

I. Estudiar, analizar y formular propuestas dirigidas a mejorar la prestación de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales en el territorio comprendido por los Municipios que integran el Organismo; y II. Brindar asesoría en cuanto a los servicios en mención y a las obras requeridas para la mejor prestación de los mismos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.