Son atribuciones del Secretario Técnico del Comité:
I. Darle apoyo técnico al Pleno; integrar la carpeta de la sesión correspondiente que deberá de contener la convocatoria, el orden del día, los acuerdos de la sesión anterior, la -relación. de documentos y los acuerdos pendientes de cumplimiento;
II. Tomar la asistencia y recabar la firma de los integrantes del Comité y hacer la declaración del quórum reglamentario para la validez de las sesiones del Pleno;
III. Proponer el orden del día y someterlo a aprobación.
IV. Dar lectura al acta de la sesión plenaria anterior o solicitar la dispensa de su lectura cuando ésta haya sido distribuida con cuando menos cuarenta y ocho hojas de anticipación entre los miembros del Comité y someterla a votación para su aprobación.
V. Elaborar las minutas y actas de cada sesión plenaria en la que se anotarán los asuntos tratados y acuerdos tomados, firmándola en unión de todos los integrantes; 4 VI. Llevar el archivo de la documentación derivada de las sesiones plenarias del Comité y certificar las copias que de dicha documentación se requiera;
VII. Ejecutar, vigilar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones que sean emitidas por el Comité;
VIII. Recabar la información necesaria que le solicite el Pleno o las Comisiones del Comité para el debido cumplimiento de sus objetivos;
IX. Rendir informe anual ante el Pleno del Comité sobre los avances y resultados obtenidos de las recomendaciones emitidas; y X. Las demás que le atribuyan el presente reglamento y demás ordenamientos legales.