El Comité podrá contratar los servicios, profesionales necesarios para el desempeño de sus atribuciones, cuyos honorarios serán solicitados a los Poderes.
Artículo 19
Reglamento del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial· Capítulo Tercero. Del funcionamiento del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial › Sección IV. Presidente de Debates de las Reuniones Plenarias del Comité
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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