El Comité sesionará, de manera ordinaria previa convocatoria por parte del Gobernador del Estado o la persona designada; durante los meses de mayo, junio y julio; para formular las recomendaciones respectivas a más tardar el día quince de julio, con la finalidad de que las mismas. Sean tomadas en consideración en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado de Jalisco, así como en el de los organismos públicos descentralizados del Poder Ejecutivo y en los Municipios.
Artículo 10
Reglamento del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial· Capítulo Tercero. Del funcionamiento del Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial › Sección II. Sesiones del Pleno
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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