Para los efectos del artículo anterior se debe entender como seguridad y vigilancia exterior, la función de salvaguardar las siguientes secciones del Centro:
I. Aduana de vehículos;
II. Identificación de personas;
III. Aduana de personas;
IV. Revisión de objetos;
V. Zona perimetral exterior del Centro;
VI. Torres de Seguridad del Centro; y VII. Los Juzgados.