Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 94

Reglamento del Centro de Readaptación Social· Título III › Capítulo III. DE LAS RELACIONES CON EL EXTERIOR

La correspondencia de los internos deberá ser abierta en su presencia antes de ser entregada a la oficina de correos o a su llegada a la institución, sólo con fines de seguridad y tratamiento, por miembros de las subdirecciones de trabajo social o de vigilancia y custodia, debidamente autorizados por la Dirección. Los miembros de la Subdirección de Trabajo Social, son los únicos autorizados a llevar cartas al correo y desempeñar encargos y trámites de los internos, como se asienta en el artículo 49 de este reglamento.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 49

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.