La Subdirección Jurídica realizará las siguientes funciones:
I. Llevar a cabo el control de altas y bajas de toda la población penitenciaria, cuidando que el mismo esté siempre al día;
II. Crear, organizar y desarrollar el archivo de sentenciados que estará en correlación con el casillero estatal del Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social;
III. Recabar los informes correspondientes de cada área técnica, para los efectos de una alimentación adecuada del expediente individual único;
IV. Enviar los oficios de libertad a la Subdirección de Vigilancia y Custodia, bajo su estricta responsabilidad;
V. Proporcionar informes a las autoridades judiciales que así lo requieran; atender amparos, y realizar los diversos trámites jurídicos que sean necesarios para el buen funcionamiento de la institución en correlación con la Dirección;
VI. Llevar a cabo los estudios estadísticos correspondientes, en correlación con el Departamento Técnico, con elementos como los siguientes: tipo de delito, procedencia del interno, ingresos económicos, grado de cultura, primodelincuencia, reincidencia, habitualidad y profesionalidad, religión, tipo de ocupación antes del ingreso y datos criminalísticos y criminológicos;
VII. Levantar acta de cada una de las reuniones del Consejo Técnico, recabar las firmas de los participantes y enviar copias de las mismas al Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social, y en su caso, a algunas de las otras instituciones que deban intervenir en los asuntos tratados en la sesión con el visto bueno de la Dirección;
VIII. Levantar las actas administrativas que se refieran a irregularidades, tanto de los empleados como de los internos, y en su caso, a través de la Dirección, llevar a cabo las consignaciones respectivas; Llevar a cabo el control y actualización diaria de los libros de registro;
IX. Supervisar que la clasificación criminológica acordada por el Centro de Observación, se cumplimente en los términos sugeridos por el mismo y la Dirección;
X. Llevar a cabo, en coordinación con la Subdirección de Custodia, el control dactiloantropométrico de toda la población de internos;
XI. Autorizar todos aquellos documentos que así lo requieran y estén a su cargo;
XII. Participar con voz y voto en las sesiones del Consejo Técnico de la institución; y XIII. Las demás funciones que devengan del propio cargo y todas aquellas que la Dirección del establecimiento ordene.
DE LA SUBDIRECCION DE VIGILANCIA Y CUSTODIA